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14/05/2026Llevar la contabilidad correctamente es una obligación legal para las sociedades mercantiles y una herramienta clave para la toma de decisiones en cualquier empresa. Te explicamos qué libros son obligatorios y cómo organizarla en 2026.
¿Quién está obligado a llevar contabilidad?
- Todas las sociedades mercantiles (SL, SA, cooperativas…)
- Autónomos en estimación directa normal (libros de ingresos, gastos, bienes de inversión y provisiones)
- Autónomos con actividades en módulos (libros más simplificados)
Libros contables obligatorios para sociedades
- Libro Diario: registro cronológico de todas las operaciones
- Libro de Inventarios y Cuentas Anuales: balance, cuenta de resultados y memoria
- Libro de Actas: acuerdos de los órganos sociales
- Libro Registro de Socios: en SL
Cuentas anuales: qué son y cuándo presentarlas
Las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en patrimonio neto y memoria) deben depositarse en el Registro Mercantil en el plazo de un mes desde su aprobación por la Junta General (máx. 11 meses tras el cierre del ejercicio).
Consejos para organizar la contabilidad
- Digitaliza todas las facturas desde el primer momento
- Concilia mensualmente el banco con los apuntes contables
- Clasifica bien los gastos: el detalle facilita la deducción fiscal
- Trabaja con un software de gestión o delega en una gestoría de confianza
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo hay que conservar los libros contables?
El Código de Comercio obliga a conservarlos durante 6 años desde el último asiento registrado.
¿Un autónomo en módulos tiene que llevar contabilidad completa?
No. Solo necesita el libro registro de ventas e ingresos y el de bienes de inversión. Mucho más sencillo que la contabilidad completa de una sociedad.
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